Última actualización: 30 agosto, 2022

Los Proveedor de Servicios de Pago (PSP) son personas jurídicas que cumplen con al menos una función dentro de un esquema de pago minorista. Sin embargo, no son entidades financieras. ¿Qué obligaciones tienen?

Los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) tiene bajo su órbita a las billeteras digitales y desde el 2020 comenzó a regir el marco regulatorio que las alcanza. De este modo, el Banco Central estableció el régimen informativo aplicable a los PSP mediante la Comunicación “A” 6929.

El BCRA define a los PSP como “personas jurídicas que, sin ser entidades financieras, cumplan al menos una función dentro de un esquema de pago minorista, en el marco global del sistema de pagos”.

Así, las obligaciones de los Proveedores de Servicios de Pago incluyen:

  • Garantizar a sus clientes que sus fondos se encuentran disponibles en todo momento. Además, tienen que estar disponibles de manera inmediata ante el requerimiento de los clientes por el mismo monto que fue acreditado en la cuenta de pago.
  • Los fondos de los clientes deben estar depositados en cuentas en pesos en entidades financieras locales. Para esto, los sistemas implementados por los PSP deberán poder identificar los fondos de cada cliente.
  • Deben contar con una cuenta segregada de las cuentas de sus clientes. Esto es así ya que la normativa lo requiere para canalizar las transacciones de las operaciones propias del los PSP.
  • Si un cliente lo solicita expresamente, los saldos acreditados en cuentas de pago podrán ser transferidos para su aplicación a la realización de operaciones con “fondos comunes de dinero” en el país, debiéndose debitar la cuenta de pago.
  • Si se incumple la reglamentación se responsabilizará a los miembros del órgano de gobierno del Proveedor de Servicios de Pago.
  • Los PSP están obligados a inscribirse en el “Registro de Entidades Financieras y Cambiarias”. La inscripción se realiza a través de la página de la AFIP con la clave fiscal de la persona jurídica que se inscribe. De este modo, los Proveedores de Servicios de Pagos quedan bajo la órbita de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. De esta manera, quedan bajo un régimen informativo periódico y de vigilancia por parte de dicha entidad. 
  • En las publicidades, los PSP deben incluir una leyenda que avise que se limitan a ofrecer servicios de pago. De esta forma, también avisan que los fondos depositados allí no cuentan con las mismas garantías que en entidades financieras.
  • Tienen la obligación de realizar presentaciones informativas al Banco Central, sobre lo que detallaremos a continuación.
Obligaciones de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)

¿Qué Regímenes Informativos tienen que presentar?

La Comunicación “A” 6929 del Banco Central establece un régimen informativo periódico para los PSP. De este modo, se divide en tres apartados que especifica lo que hay que presentar:

  • Apartado A: Con fines de supervisión y control. Los PSP deben informar mensualmente las cuentas de pago de clientes y saldos invertidos en fondos comunes de dinero informados a los clientes.
  • Apartado B: A fines estadísticos. Los PSP deben informar mensualmente la cantidad de operaciones y montos totales.
  • Apartado C: Para fines de auditoría y constatación de cumplimiento. Los PSP deberán remitir trimestralmente un informe especial de auditor externo que certifique el cumplimiento de las normas y la integridad de la información contenida en el Apartado A.

Por otro lado, mediante la Comunicación “A” 7396 que el Banco Central lanzó en 2021, se incluyó a los Proveedores de Servicios de Pago como sujetos obligados a integrar el régimen informativo “Base de Datos Padrón”. Esto implica que:

  • En la primera presentación se informará la base de clientes activos de forma completa.
  • Luego, la presentación se hará con frecuencia mensual. Así, se informarán tanto las altas y bajas de clientes producidas durante ese mes como los cambios ocurridos en la condición de PEP y en el código postal de los clientes informados.

Si no se cumple en tiempo y forma con la presentación de regímenes informativos al Banco Central, la entidad puede sufrir multas y sanciones.

Obligaciones de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP)

¿Cómo realizar la presentación de regímenes informativos al Banco Central?

En Worldsys contamos con Central Data, una solución para presentar en tiempo y forma los regímenes informativos exigidos por el Banco Central.

Mediante esta solución los Proveedores de Servicios de Pago pueden cumplir con la regulación de la República Argentina. De este modo, se pueden realizar las presentaciones al ente regulador optimizando recursos y reduciendo costos de manera significativa, ya que funciona 100% en la nube y no tiene costo de implementación ni licencia.

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